Hoy cuando nos encontramos a 3 semanas para la realización de las elecciones al Congreso de la República, Senado y Cámara de Representantes, que se llevarán a cabo el próximo 8 de marzo, la Fiscalía General de la Nación, alertó sobre los delitos electorales que colocan en riesgo los procesos electorales.
Se trata de prácticas castigadas, las que, a pesar de ello, se repiten elección tras elección, muchas veces por desconocimiento y otras, por la normalización de prácticas ilegales, como es el caso de común ocurrencia, en las campañas políticas en el departamento de Nariño, de la entrega de la entrega a la ciudadanía de toda clase de comestibles, así como materiales de construcción, lo que se típica como compra de votos y cohecho al elector.
En estos momentos, el Código Penal Colombiano, tipifica 16 delitos electorales, que van precisamente desde la compra de votos, hasta la alteración de resultados y el constreñimiento al sufragante.
Al respecto, se destaca que la compra de votos, es el delito electoral de mayor ocurrencia en Colombia, una situación que data de muchos años atrás, puesto que al recibir un sancocho, unos tamales, empanadas o materiales de construcción, la ciudadanía considera que se trata de unos hechos normales, cuando en realidad, se está cometiendo el delito de compra y venta de votos.
Problema en ascenso
Las cifras oficiales de la Registraduría Nacional del Estado Civil reflejan este problema. Entre 2010 y 2025 se registraron 19.447 delitos electorales en Colombia, de los cuales 4.081 corresponden a compra de votos.
Otra práctica recurrente es el fraude en la inscripción de cédulas, con 3.955 casos en los últimos 15 años. Este delito ocurre cuando el documento se registra en un municipio distinto al de residencia para favorecer a un candidato, una modalidad conocida como trashumancia electoral o trasteo de votos.
También es común el constreñimiento al sufragante, con 2.491 casos registrados durante ese periodo de tiempo, concentrados sobre todo en zonas afectadas por el conflicto armado, donde grupos ilegales presionan o condicionan el sentido del voto.
Episodios famosos
Uno de los casos más conocidos fue el de la excongresista Aida Merlano, condenada por liderar una red de compra de votos en las elecciones legislativas de 2018. La justicia probó la entrega sistemática de dinero a cambio de sufragios, la organización de una estructura para movilizar electores y el uso de recursos ilegales. La sentencia, superior a 15 años de cárcel, convirtió el caso en el símbolo más notorio de cómo una maquinaria electoral puede derivar en una condena penal.
Otro caso relevante fue el de José Amiro Morón Núñez, condenado a 100 meses de prisión por delitos electorales relacionados con la inscripción irregular de cédulas y la manipulación del censo electoral. La justicia concluyó que se utilizaron mecanismos ilegales para incidir en los resultados de la elección municipal.
TITULO (RECUADRO)
Las 16 situaciones castigables
1. Corrupción al sufragante (compra de votos)
Ofrecer o recibir dinero, bienes, alimentos o favores a cambio del voto.
2. Constreñimiento al sufragante
Presionar, amenazar o intimidar a una persona para que vote o se abstenga de hacerlo.
3. Fraude al sufragante
Engañar al votante para inducirlo al error, incluso mostrándole mal cómo votar.
4. Perturbación del certamen democrático
Obstaculizar o alterar el normal desarrollo de la jornada electoral.
5. Voto fraudulento
Votar sin estar habilitado, hacerlo más de una vez o suplantar a otra persona.
6. Favorecimiento de voto fraudulento
Facilitar que alguien vote sin cumplir los requisitos legales.
7. Inscripción fraudulenta de cédulas, también conocido como trashumancia o trasteo de votos
Registrar el documento en un lugar distinto al de residencia para alterar el resultado.
8. Designación irregular de jurados de votación
Manipular el nombramiento de jurados con fines políticos.
9. Mora en la entrega de documentos electorales
Retrasar sin justificación la entrega de material electoral.
10. Destrucción, ocultamiento o alteración de material electoral
Dañar, desaparecer o modificar tarjetones, actas o formularios oficiales.
11. Alteración de resultados electorales
Cambiar cifras o datos oficiales para beneficiar a un candidato o lista.
12. Elección ilícita de candidatos
Permitir que resulten elegidas personas que no cumplen los requisitos legales.
13. Intervención indebida en política
Usar el cargo o recursos públicos para favorecer campañas o candidatos.
14. Financiación prohibida de campañas
Recibir recursos de fuentes ilegales o no autorizadas.
15. Violación de topes de gastos electorales
Superar los límites de financiación o falsear los informes de ingresos y gastos.
16. Retención ilícita de cédulas
Quitar o retener documentos de identidad para impedir o condicionar el voto.
La ley sí se aplica
Contrario a la percepción de impunidad, la Registraduría señala que en el 99 por ciento de los casos identificados como delitos electorales se aplicó la ley. Todas estas conductas pueden derivar en condenas de cárcel, además de sanciones económicas y disciplinarias.
Las autoridades insisten en que conocer estos delitos no es solo una obligación para campañas y funcionarios, sino para todos los ciudadanos.
Casos emblemáticos en Colombia
El caso más mediático es el de Aida Merlano, condenada por liderar una red de compra de votos en las elecciones legislativas de 2018. La justicia probó la entrega sistemática de dinero a cambio de sufragios, la organización de una estructura para movilizar electores y el uso de recursos ilegales. La sentencia, superior a 15 años de cárcel, convirtió el caso en el símbolo más notorio de cómo una maquinaria electoral puede derivar en una condena penal.
Otro caso relevante fue el de José Amiro Morón Núñez, condenado a 100 meses de prisión por delitos electorales relacionados con la inscripción irregular de cédulas y la manipulación del censo electoral. La justicia concluyó que se utilizaron mecanismos ilegales para incidir en los resultados de la elección municipal.




