El Consejo de Estado ordenó este 20 de mayo la suspensión provisional de la Resolución 72 de 2026, mediante la cual la Fiscalía había levantado las órdenes de captura de siete cabecillas de estructuras criminales que participan en los diálogos de paz urbana en Medellín y el Valle de Aburrá.
La decisión surge tras una demanda de nulidad presentada por la Gobernación de Antioquia contra la medida adoptada por la Fiscalía el 27 de marzo, que inicialmente suspendió 23 órdenes de captura de líderes de organizaciones criminales. Posteriormente, el 6 de abril, la fiscal general Luz Adriana Camargo revocó la suspensión para 16 de estos individuos, dejando vigente el beneficio para siete de ellos.
Quiénes son los siete cabecillas afectados
La medida del alto tribunal recae sobre:
- Alberto Antonio Henao Acevedo, alias Albert
- Andrés Dimaría Oliveros Correa, alias Mundo Malo
- Fredy Alexander Henao Arias, alias Naranjo
- Gustavo Adolfo Pérez Peña, alias El Montañero
- Jhon Fredy Yepes Hoyos, alias Clemente
- Mauricio de Jesús Morales Múnera, alias El Abogado
- Rodrigo Henao Acevedo, alias Perica
Estos líderes todavía conservaban la suspensión de sus capturas y la autorización de movilidad otorgada por la Fiscalía.
Argumentos del Consejo de Estado
El despacho concluyó que la Fiscalía no verificó de manera suficiente, autónoma y detallada los requisitos legales para otorgar la suspensión de las órdenes de captura. Además, señaló falta de motivación y de valoración individual en el acto administrativo impugnado.
El tribunal recordó que, según la Sentencia C-525 de 2023 de la Corte Constitucional, este tipo de beneficios no pueden ser discrecionales ni generalizados, sino que deben estar sustentados con rigor y validados por una autoridad judicial competente.
Riesgo de fuga, un factor decisivo
Uno de los elementos que llevó a decretar la medida urgente fue el riesgo de fuga internacional. La demanda advirtió que el área de movilidad permitida incluía el municipio de Rionegro, donde está ubicado el aeropuerto internacional José María Córdova.
El Consejo de Estado comprobó que, de los siete cabecillas, solo dos tenían restricciones formales para salir del país, lo que generaba un vacío de control.
“Existe un notorio riesgo de fuga internacional, en la medida en que únicamente los señores Oliveros Correa y Henao Acevedo tienen un impedimento para abandonar el territorio nacional”, señala la decisión.
Con este fallo, el Consejo de Estado deja sin efecto la suspensión de las órdenes de captura para estos siete jefes criminales, quienes deberán volver a estar sujetos a los procesos judiciales en curso.




