La Alcaldía de Pasto expidió el Decreto 070 de 2026, mediante el cual se reglamenta la propaganda electoral para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo y una eventual segunda vuelta. Con esta medida, la administración municipal busca garantizar el orden, el cumplimiento de la normatividad electoral y el respeto por el espacio público durante el proceso democrático.
El decreto establece que cada candidato podrá instalar hasta 10 pendones en propiedad privada. Los afiches únicamente estarán permitidos al interior de predios privados, mientras que las pantallas LED deberán contar con autorización previa de la Alcaldía. En cuanto a los vehículos, se permite el uso de microperforados siempre y cuando no afecten la visibilidad del conductor. Sin embargo, quedan prohibidos los pasacalles y toda clase de publicidad móvil o exterior en transporte público.
Respecto al perifoneo político, la administración precisó que solo estará autorizado en la zona rural del municipio de Pasto, por lo que no podrá utilizarse este mecanismo en el área urbana.
La norma también define zonas no autorizadas para la instalación de publicidad electoral. Entre ellas se encuentran la Plaza de Nariño, el área comprendida entre las calles 18 y 19 y las carreras 24 y 25, así como los espacios ubicados a menos de 200 metros de monumentos nacionales, iglesias, clínicas, hospitales e infraestructura estatal.
Los permisos para instalar propaganda deberán tramitarse ante la Secretaría de Gestión Ambiental. Las medidas aplicarán tanto para la jornada electoral del 31 de mayo como para una posible segunda vuelta presidencial.
Las disposiciones rigen para partidos, movimientos políticos y campañas electorales. El incumplimiento de la norma dará lugar a la imposición de multas de carácter pecuniario.



