El Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Tunja negó las pretensiones de la demanda presentada por el exdirector del Colegio de Boyacá de Tunja, Javier Emigdio Parra Arias.
En el fallo, el despacho judicial decidió no imponer condena en costas y señaló que, una vez la providencia quede en firme, el expediente será debidamente registrado y archivado conforme a lo establecido por la ley.
El juzgado precisó además que el trámite del proceso se surtió exclusivamente a través del sistema SAMAI del Consejo de Estado, aclarando así el estado actual del proceso judicial y la forma en que se adelantaron las actuaciones.
Con esta decisión, el proceso queda a la espera de que la providencia adquiera firmeza para su correspondiente cierre administrativo.



