El Juzgado Cuarto Penal con Funciones Mixtas de Ipiales declaró improcedente la acción de tutela que buscaba anular la elección del gobernador indígena Sigifredo Marcelino Pitacuar Andrade y del regidor Jairo Fabián Tambud.
La decisión indica que las controversias relacionadas con procesos electorales indígenas no deben resolverse mediante acción de tutela, sino a través de los procedimientos internos del Cabildo, en concordancia con los usos, costumbres y la autonomía de los pueblos indígenas reconocidos por la Constitución.
Es decir que, con este fallo, la justicia ratifica la validez del proceso electoral interno y recuerda que la jurisdicción ordinaria no debe interferir indebidamente en las decisiones propias de las autoridades ancestrales.
El fallo fue emitido por el Juzgado Cuarto Penal con Funciones Mixtas de Ipiales y deja abierta la posibilidad de impugnación dentro de los términos legales.
“El Juzgado Cuarto Penal con Funciones Mixtas de Ipiales, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley. Resuelve: Primero: Declarar Improcedente la acción de tutela instaura por Miriam del Carmen de la Cruz, Jhon Jairo Guerrero Montenegro y Lexter Orlando Cabrera Usamag en contra del Cabildo Indígena de Ipiales, el Ministerio del Interior – Dirección de Asuntos Indígenas ROM y Minorías y la Alcaldía Municipal de Ipiales, por las razones expuestas en la providencia” reza el comunicado.
