El Tribunal Superior de Bogotá declaró improcedente la tutela presentada por Carolina Corcho y Gustavo Bolívar contra la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE), dejando sin efectos la medida cautelar que permitía la inscripción de candidatos para la consulta presidencial interna del Pacto Histórico prevista para el 26 de octubre.
Contexto
- La coalición Pacto Histórico había previsto una consulta interna para elegir su candidato presidencial entre figuras como Iván Cepeda, Carolina Corcho y Daniel Quintero.
- Corcho y Bolívar argumentaban que la resolución del CNE, que condicionaba la personería jurídica del Pacto Histórico al resultado de procesos disciplinarios o sancionatorios pendientes, vulneraba los derechos de participación política, igualdad y debido proceso.
- El tribunal consideró que el CNE actuó conforme a la ley, apoyándose en el artículo 14 de la Ley 1475 de 2011, que impide que partidos o movimientos políticos se fusionen mientras tengan procesos sancionatorios en curso.
Reacciones y efectos
- Gustavo Petro calificó la decisión como un “sabotaje a la democracia” y acusó a sectores de la derecha de intentar impedir la unidad del Pacto Histórico.
- A pesar del fallo, el registrador nacional afirmó que aún no ha sido notificado oficialmente de la suspensión de la consulta, y que los procesos organizativos siguen su curso.
- Algunos líderes del Pacto analizan medidas legales para revertir la decisión, mientras persisten dudas sobre si la consulta podrá llevarse a cabo bajo los términos inicialmente previstos.

