En Colombia, muchos ciudadanos desconocen cuáles son sus derechos frente a un retén de tránsito, lo que facilita abusos por parte de algunos funcionarios. Saber exactamente qué papeles pueden solicitar los agentes ayuda a prevenir irregularidades y actos de corrupción.
Los únicos documentos que puede exigir la autoridad de tránsito
De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, al detener un vehículo en un retén, los agentes solo están autorizados a solicitar cinco documentos relacionados estrictamente con la circulación y seguridad vial:
- Licencia de conducción vigente
- Tarjeta de propiedad del vehículo
- Revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes (gases)
- SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito)
- Documento de identidad del conductor (cédula o equivalente)
Desde 2022, todos estos documentos pueden presentarse en formato digital a través del sistema RUNT.
¿Qué pasa si no lleva uno de estos documentos?
Si el conductor no porta alguno de estos certificados al momento del control, puede recibir un comparendo, y el vehículo podría ser inmovilizado dependiendo del caso, tal como lo establece el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito.
Es importante tener presente que los agentes de tránsito no están autorizados a pedir certificados de antecedentes judiciales ni consultar multas en ese momento. Además, según la Ley 962 de 2005, ninguna autoridad está facultada para retener la cédula de ciudadanía, la licencia de conducción o cualquier otro documento oficial.

