Se redefine el horario laboral en Colombia
Tras un intenso debate en el Congreso, el Senado aprobó los puntos clave de la nueva reforma laboral. Esta normativa transforma de manera significativa la forma en que se estructura la jornada laboral, el pago de horas extra y los recargos dominicales. Con estas medidas, se espera un impacto directo tanto en trabajadores como en empresas.
Uno de los ajustes más relevantes es la modificación de los horarios diurno y nocturno. Ahora, se considerará jornada diurna la comprendida entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m., mientras que el horario nocturno irá de 7:00 p. m. a 6:00 a. m. Este cambio comenzará a regir seis meses después de que la ley sea sancionada por el presidente.
Semana laboral de 42 horas y hasta tres días de descanso
El nuevo marco legal también establece que la jornada laboral máxima será de 42 horas semanales. Estas podrán distribuirse en jornadas de hasta ocho horas al día, aunque, si ambas partes están de acuerdo, se permitirán esquemas de cuatro días de trabajo con jornadas de 10,5 horas diarias, lo cual permitiría descansar tres días a la semana.
Sin embargo, existe un vacío en la redacción: aunque se habla de jornadas de 10,5 horas, también se sugiere que el límite diario debe ser de nueve horas, lo que requerirá una reglamentación posterior más específica.

Límite claro a las horas extra
Los artículos 13 y 14 de la reforma establecen que los trabajadores podrán realizar máximo dos horas extra por día, con un tope semanal de 12 horas. Estas horas deben ser registradas por los empleadores, especificando si fueron realizadas en jornada diurna o nocturna y qué actividades se realizaron.
Este límite no aplica para sectores como seguridad o salud, que se rigen por normativas especiales. Además, las empresas que incumplan con el pago adecuado de estas horas enfrentan sanciones.
Trabajo en domingo será mejor remunerado
Uno de los puntos más discutidos fue el recargo por laborar en domingos y festivos. Actualmente este es del 75%, pero con la reforma aumentará de manera gradual hasta llegar al 100%. El cronograma de incremento es el siguiente:
- Desde el 1 de julio de 2025: recargo del 80%
- Desde el 1 de julio de 2026: recargo del 90%
- Desde el 1 de julio de 2027: recargo del 100%
Las empresas que lo deseen podrán aplicar el recargo total desde ya. Según expertos, este cambio busca valorar de forma más justa el tiempo de descanso sacrificado por los trabajadores.

Sectores más impactados
Las empresas que operan los fines de semana o en turnos nocturnos, como call centers, restaurantes, vigilancia, comercio y servicios generales, verán un aumento en sus costos laborales. Estos sectores deberán adaptar sus esquemas de turnos y asumir nuevos recargos, lo que podría cambiar su estrategia de contratación.
Se pone límite al contrato a término fijo
Con la aprobación de los artículos 5, 6 y 7 de la reforma, se introducen límites al uso de contratos a término fijo, una figura ampliamente utilizada por las empresas. A partir de ahora, un trabajador solo podrá estar vinculado bajo esta modalidad por un máximo de cuatro años consecutivos.
Este límite busca evitar que el contrato a término fijo se use como una forma de vinculación indefinida, lo que obligará a muchas empresas a revisar su política laboral. La figura no desaparecerá, pero ya no podrá extenderse sin límite como ocurría anteriormente.
Además, se ajustaron los procedimientos relacionados con sanciones disciplinarias a trabajadores, con el fin de garantizar mayor claridad jurídica y proteger los derechos tanto de empleadores como de empleados.

