La elección de José Andrés Díaz Rodriguez, como director de Corponariño, fue anulada por el Consejo de Estado en una sentencia, de única instancia que había sido proferida el 14 de noviembre de 2024, pero su ejecución se había suspendido por una solicitud de aclaración por parte del demandado.
De esta manera el Consejo de Estado, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Quinta, rechazó la solicitud de aclaración de la sentencia del 14 de noviembre de 2024, que declaró la nulidad de la elección de José Andrés Díaz Rodríguez como director general de Corponariño para el período 2024-2027.
Negada petición
La magistrada Gloria María Gómez Montoya, negó la solicitud de nulidad y control de legalidad propuestos por el director de Corponariño José Andrés Diaz Rodríguez y su apoderado contra el auto del 11 de diciembre de 2024 por las razones expuestas en la providencia. Dentro del proceso de nulidad electoral con el No. de radicado 11001-03-28, cuyos demandantes son el señor Paulo Andrés Argoty Caicedo y otros, donde finalmente fue separado del cargo José Andrés Díaz que fue elegido como director de Corponariño para el periodo 2024 -2027.
Rechazo a medida
Varios sectores ambientales de todo el departamento de Nariño, si bien respetan el fallo de la justicia, rechazaron dicha decisión, pues el exdirector se destacó por posesionar a esta entidad en el puesto No. 11 de las 33 corporaciones a nivel nacional logrando 76% de cumplimiento de las metas y su gestión marca un antes y después en la protección de los recursos naturales del Departamento de Nariño, esta avaluación la realizo el ministerio de Ambiente y Desarrollo sostenible a través del índice de desempeño institucional, teniendo en cuenta que hace 4 años ocupada el puesto 32 entre las ultimas corporaciones. Trabajo que realizo conjuntamente con funcionarios de Corponariño, asociaciones ambientales, municipios, juntas de acción comunal, Gobernación y comunidades campesinas.
Se espera en los próximos días que se dé a conocer el nombre de la persona que estará en calidad de encargada de la dirección general hasta tanto se nombre el director en propiedad.

