Como antesala de los importantes eventos electorales que se vivirán el próximo año, las elecciones para el Congreso y los comicios para la presidencia de la República, las autoridades electorales fijaron para el 19 de octubre del presente año, la realización de una importante jornada democrática, que se constituye en un espacio para los jóvenes, entre los 14 y los 28 años de edad-
Se trata de la elección en la fecha mencionada de las elecciones para los Consejos Municipales y Locales de Juventud, comicios en los que podrán participar como candidatos y votantes, jóvenes entre los 14 y los 29 años de edad, de los 1.102 municipios del paìs.
Principales funciones
En declaraciones a DIARIO DEL SUR, el delegado departamental de la Registraduría explicó que los consejos de juventud, se constituyen en un mecanismo de participación, concertación, vigilancia y control de la gestión e interlocución de los jóvenes ante la institucionalidad, en este caso, los alcaldes y consejos municipales.
De esta manera, los jóvenes elegidos tienen la potestad de proponerles a las respectivas autoridades territoriales políticas, los planes, programas y proyectos necesarios para el cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley y demás normas relativas a la juventud. Igualmente, los integrantes de los consejos municipales y locales de Juventud, tienen el derecho de concertar las inclusiones de sus propuestas en los planes de desarrollo, en concordancia con la agenda juvenil establecida al interior del subsistema de participación.
Puntos de relevancia
Igualmente, entre otras actividades de relevancia que deben desarrollar los jóvenes que sean elegidos el próximo 19 de octubre, están las de establecer estrategias y procedimientos para que los jóvenes participen en el diseño de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo dirigidos a la juventud y participar en el diseño y desarrollo de agendas municipales, distritales, departamentales y nacionales de juventud.
También deben concertar la inclusión de las agendas territoriales y la nacional de las juventudes con las respectivas autoridades políticas y administrativas, para que sean incluidas en los planes de desarrollo territorial y nacional, así como en los programas y proyectos necesarios para el cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente ley y demás normas relativas a la juventud.
Veeduría y control social
De este modo, la agenda juvenil que se presente ante la comisión de concertación y decisión será el resultado del acuerdo entre las diferentes instancias del subsistema de participación y entre otras funciones más, presentar informes semestrales de su gestión, trabajo y avances en audiencia pública, convocada ampliamente y con la participación de los diversos sectores institucionales y de las juventudes y un punto muy importante, ejercer veeduría y control social a los planes de desarrollo, las políticas públicas de juventud y la ejecución de las agendas territoriales de las juventudes, así como a los programas y proyectos desarrollados por las entidades públicas del orden territorial y nacional para los jóvenes.
TITULO (RECUADRO)
Calendario electoral
Por su parte, el Registrador Nacional del Estado Civil, Hernán Penagos Giraldo, dio a conocer el Calendario Electoral que regirá en este proceso electoral. Al respecto, el funcionario señaló que la elección de los Consejos Municipales y Locales de Juventud, es muy similar a los comicios que se realizan en el país, desde el proceso a la presidencia de la República, al Senado y la Cámara de Representantes y gobernadores, alcaldes, diputados y concejales, por lo que este proceso del 19 de octubre, cuenta ya con su respectivo calendario electoral y el inicio como todas las elecciones en Colombia, desde las 8 de la mañana a las 4 de la tarde.
En este sentido, las fechas más importantes son las siguientes:
22 de abril 2025: Inicia el periodo de registro de las listas independientes y la solicitud del formulario de recolección de firmas de apoyos para estas candidaturas.
Inicia la inscripción de jóvenes para votar.
19 de junio 2025: Finaliza el periodo de registro de las listas independientes.
Inicia el periodo de inscripción de candidatos de los partidos, movimientos, procesos y prácticas organizativas de las juventudes y listas independientes.
19 de julio 2025: Finaliza el periodo de recolección de apoyos a las candidaturas de listas independientes.
Finaliza el periodo de inscripción de candidatos de los partidos, movimientos, procesos y prácticas organizativas de las juventudes y listas independientes.
23 de julio de 2025.-Los registradores de acuerdo con los alcaldes, establecerán mediante resolución los lugares donde se establecerán mesas de votación.
25 de julio 2025.-Finaliza el periodo de modificación de inscripción de candidatos de los partidos, movimientos, procesos y prácticas organizativas de las juventudes y listas independientes.
27 de julio 2025.- La Registraduría Nacional del Estado Civil, remite a los organismos competentes la relación de candidatos cuyas inscripciones fueron aceptadas para certificar sobre causales de inhabilidad.
3 de octubre 2025.-Publicación de listas de los jurados de votación,
7 de octubre. 2925 Vence el plazo para la inscripción de candidatos en caso de muerte o incapacidad física permanente.
19 de octubre 2025.-Día de la Elección
20 de octubre 2025.-Inicio de los escrutinios auxiliares y municipales, desde las 8 y media de la mañana hasta las cuatro de la tarde-
21 de octubre 2025.- Inician los escrutinios generales, en caso de apelación. Desde las 9 de la mañana hasta las 4 de la tarde

