Por Ricaurte Losada Valderrama
El libro, La Justicia al Servicio de la Política, Régimen Insostenible, traducido al inglés con el título, In Colombia Justice At The Service Of Politics Unsustainable Regime, que presentaré en Washington el cinco de marzo próximo, para continuar insistiendo en la necesidad inaplazable de enderezar la justicia y, por ello, ante el despojo de mi investidura de senador, desconociendo la Convención Americana de Derechos Humanos, he recurrido ante ese Sistema hace más de veinte años.
Ante la Comisión Interamericana sobre Derechos Humanos, he probado que se violaron a perpetuidad muchos derechos, ante todo los derechos políticos, violación principal entre todas, aunque todas fueron y son esenciales para la protección y defensa de ellos, que han incidido y cambiado mi vida y bienestar de manera determinante, pero no solo ellos, sino otros instrumentos internacionales de derechos humanos básicos para su protección.
Particularmente, de la Convención Americana se han desconocido derechos y oportunidades, tales como la obligación general de los Estados de respetar y garantizar los derechos; el deber de Colombia de adaptar las disposiciones del derecho interno al derecho convencional; el irrespeto a la integridad psíquica y moral y a tratos crueles, inhumanos y degradantes, así como el sometimiento a servidumbre y el atropello a la libertad, desconociéndose las garantías judiciales y el principio de legalidad. De contera, la protección de la honra y de la dignidad que configura el reconocimiento de todos los restantes derechos.
De otra parte, de la Convención Americana se me han desconocido las libertades de pensamiento, de expresión y de asociación, la igualdad ante la ley, así como la garantía de ésta y la no discriminación.
También hubo desprotección judicial y se menguó y lesionó hasta el derecho a la vida, pues la mía lleva treinta y cuatro años irrespetándose. En realidad, he estado privado de la propia vida, pues vivir no es solo existir.
Pero, además, en general, se desconoció la jurisprudencia de la Corte Interamericana y el cuerpo jurídico interamericano y, en este Sistema, donde hay derechos hay control de convencionalidad, el cual tiene un marco muy amplio para aplicar y, por ende, importante y determinante para la defensa y protección de los derechos, que la Corte Constitucional no aplica y, menos el resto de tribunales, jueces y autoridades colombianas, como jurídicamente están obligados.
Menos mal que ante el irreversible proceso globalizador, el derecho, aunque no en el mismo grado que la economía, seguirá avanzando en su internacionalización y, de manera especial, en la protección y defensa de los derechos, hecho a destacar, reflejado en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, donde, en consecuencia, hay control de convencionalidad que, según jurisprudencia de la Corte Interamericana, es una obligación de los jueces y órganos vinculados a la administración de justicia, en todos los niveles, así como de cualquier autoridad pública.
También es obligación de todos los poderes y órganos estatales, de todas las autoridades y órganos, incluidos los poderes judicial y legislativo y el ministerio público, como de la esfera de lo susceptible de ser decidido por las mayorías en instancias democráticas, que obliga a Colombia por ser parte de la Convención Americana.
Como dice nuestro pueblo, la constancia vence lo que la dicha no alcanza.
@ricaurtelosada

