Un importante llamado se viene realizando a los clubes de ajedrez del departamento de Nariño, para que se afilien en la reestructuración de la Liga de Ajedrez y nombrar la nueva junta directiva de la Liga de Ajedrez del departamento de Nariño.
Junta directiva de Liga de Ajedrez
El integrante Comité Provisional de Liga nombrado por la Federación Colombiana de Ajedrez para la reestructuración de la Liga de Ajedrez, Guillermo Benavides, explicó que “la anterior junta directiva perdió el reconocimiento el 12 de abril de 2024. Y desde eso la Liga ha venido sin reconocimiento y un grupo de aficionados hemos solicitado a la Federación el permiso para la nueva reestructuración. Por lo tanto, la Federación nombró a un comité profesional de Liga para restablecer la nueva junta.
En cuanto al proceso a realizar, Benavides precisó “Tenemos que convocar a todos los aficionados del departamento para que se conformen en clubes, y los clubes que ya están, que cumplan un requisito y lleguen la documentación al Comité Pro Liga para ser reconocidos como tal. Y una vez reunidos más de tres clubes, convocar a una asamblea ordinaria y elegir la nueva junta directiva.
Interesados
Para todos los interesados en enviar su información, en el Comité Pro Liga, que es definido por la Federación Colombiana de JAjedez, nombró a la doctora Diana Maya en Túquerres, en Pasto a Guillermo Benavides y Freddy López, con quienes podrán contactarse para poder hacer entrega de la documentación.
En cuanto a los requisitos para la afiliación de un Club, a la Liga de Ajedrez de Nariño. En estas instancias se deberá presentar ante cualquier Miembro de Proliga. Diana Maya. cel. 3174941795, Fredy López. cel. 3163839857 Guillermo Benavides cel. 3176363911. quienes, en reunión privada, estudiaran y aprobaran las solicitudes.
Requisitos
Benavides destacó en el artículo 10 de los estatutos de la liga de ajedrez de Nariño: la solicitud de Afiliación escrita y firmada por el Representante legal del Club, Relación mínima de diez (10) Deportistas activos. Los menores de edad con oficio de autorización del Padre o Acudiente, Constancia actualizada sobre la vigencia del Reconocimiento Deportivo, expedida por el Ente deportivo del Municipio respectivo conforme en lo establecido en la Ley 181 de 1995, haber sido Constituido con una antelación de quince (15) días, antes de la petición de Afiliación, entre otros.

