El Consejo de Estado anuló la personería jurídica del partido Nueva Fuerza Democrática, otorgada por el CNE, al no comprobarse violencia política que justificara su reconocimiento. La medida aplicará hacia el futuro.
La Sección Quinta del Consejo de Estado, mediante sentencia del 19 de septiembre de 2024, anuló la Resolución 1549 de 2023 del Consejo Nacional Electoral (CNE), que había reconocido la personería jurídica del partido político Nueva Fuerza Democrática, del expresidente Andrés Pastrana Arango.
La decisión se tomó al considerar que el CNE infringió varios preceptos legales y constitucionales, incluyendo el artículo 108 de la Constitución, el artículo 3 de la Ley 130 de 1994 y el artículo 3 de la Ley 1475 de 2011, al basar su decisión en una motivación inadecuada.
El Consejo de Estado concluyó que el CNE había utilizado incorrectamente los efectos inter comunis dispuestos en la sentencia SU-257 de 2021 de la Corte Constitucional, los cuales no se ajustaban a las circunstancias del partido Nueva Fuerza Democrática.
Según la Alta Corporación, el CNE consideró que el partido había sido víctima de situaciones de violencia que afectaron su derecho a la participación política, pero estas no tenían una relación de causalidad directa y efectiva con el ejercicio de dicho derecho, ni correspondían a un contexto de violencia sistemática y grave, como el que enfrentó el partido Nuevo Liberalismo, en referencia a la sentencia de unificación.
Con esta medida, el Consejo de Estado busca salvaguardar los principios de confianza legítima y buena fe para quienes fueron elegidos bajo el reconocimiento otorgado en ese periodo.

