La declaración de renta de las personas naturales deberá atender las novedades introducidas por la Ley de Reforma Tributaria 2277 de 2022, la cual contempla varios cambios para estos contribuyentes.
Al respecto, Freddy Velandia, docente de la Universidad Antonio Nariño (UAN), aseveró que aunque la Dian permite que el mismo contribuyente realice este proceso, es recomendable contar con el apoyo de un Contador Público especializado en temas tributarios para garantizar un proceso adecuado.
Velandia explicó que las siguientes personas naturales deben declarar renta en 2024 y revisar estos aspectos: personas con un patrimonio bruto superior a $190.854.000 al último día del año gravable 2023, incluyendo el valor de su casa, carro y cuentas bancarias, deben declarar renta, incluso si están pagando estos activos con una deuda.
También las personas con ingresos superiores a $59.376.800 anuales, equivalentes a un promedio mensual de $4.900.000; o personas que hayan realizado consumos con tarjeta de crédito mayores a $59.376.800, independientemente de su capacidad para solventar la deuda.
También personas cuyo valor total de compras y consumos en 2023 fue superior a $59.376.800; o personas con un acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superior a $59.376.800.
Otros aspectos
Así mismo, los cambios establecidos por la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 son diversos, de los cuales Velandia expone los principales y más importantes a tener en cuenta para su declaración.
Dijo que “el tope de deducciones tendrá ajustes significativos en 2024. Anteriormente, se podían descontar hasta 120 millones de pesos, pero ahora el límite será de 56 millones de pesos. Entre las deducciones posibles están las rentas exentas, cesantías e indemnizaciones por fallecimiento, pero la nueva ley reduce el tope de 2.880 UVT a 790 UVT, lo que implica que se podrá deducir menos y se deberá pagar más”.
Agrega que “también se pueden descontar intereses de préstamos de vivienda y créditos educativos, que antes podían ser hasta el 40% (5.040 UVT), pero ahora el tope es de 1.340 UVT. En el caso de los dividendos, si se reciben honorarios o ingresos extras, se aplicará un ingreso base de cotización de salud y pensión sobre el 40%, y los ingresos no se separarán, aumentando el impuesto de renta”. Para las ganancias ocasionales, el porcentaje a cobrar sube del 10% al 15%. Por ejemplo, si se vende una vivienda con ganancias, se deberá pagar este nuevo impuesto.
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Qué se espera
Según Velandia, “se espera que estos cambios afecten la economía colombiana tanto a corto como a largo plazo. En realidad, estos cambios pueden influir en el número de personas empleadas y aumentar la desigualdad social. Además, a pesar de las penalizaciones, la evasión y elusión tributaria podrían incrementarse”.
La comunidad empresarial y los expertos en economía han reaccionado con preocupación; los inversionistas están retirando sus aportes e inversiones en Colombia.
El Gobierno, por su parte, está siendo más drástico con los contribuyentes, aplicando sanciones fuertes para incrementar su recaudo.
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Además, los empresarios, especialmente las Pymes, están preocupados por el alto volumen tributario y la dificultad de operar legalmente. Los emprendedores y el sector informal están luchando por subsistir, a menudo vendiendo y prestando servicios sin facturar ni cumplir con las normas tributarias.
Velandia concluye que “la carga tributaria se incrementará, por lo que se debe provisionar más dinero para la declaración de renta. Además, es crucial concientizar a las personas sobre la importancia de adquirir conocimientos básicos de tributación (cultura tributaria). Esto fomentará una mayor participación y pago, reduciendo la evasión, lo cual permitiría al Gobierno bajar las tasas de contribución en beneficio de todos los colombianos”.

