Alcance Boletín estratégico de seguridad y movilidad expedido 10 de marzo de 2023

Teniendo en cuenta los compromisos pactados en el comité Estratégico de movilidad virtual realizado el día 28/03/2023, para mejorar la movilidad durante el plan retorno y conforme a lo establecido en las Resoluciones 761 del 01 de abril de 2013 y 0002307 del 12 de agosto de 2014; se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados que utilizan las diferentes vías del país, la modificación de los horarios de manejos de tránsito, establecidos en el “BOLETÍN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD” 10 de marzo de 2023, los cuales quedarán y aplicarán de la siguiente manera:

HORARIOS DE LAS MEDIDAS DE MANEJO DEL TRÁNSITO VEHICULAR

VÍA BOGOTA – SOACHA – SILVANIA – FUSAGASUGA:

El día domingo 09/04/2023, se implementarán medidas de manejo de tránsito “reversible” sobre la Vía Fusagasugá – Soacha, en los horarios de 12:00 a 22:00 horas, desde el km 71+500 “Cucharal” – Fusagasugá hasta el km 113+000 “Puente de Sibaté”

  • Soacha, quedando un solo sentido de tránsito vehicular desde Silvania a Soacha.
  • Vías alternas: Soacha – Sibaté – Alto de San Miguel Fusagasugá.

Como l o dicta el Artículo 3° de la Resolución 0002307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.

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NOTA 1: El Boletín Estratégico de Seguridad y Movilidad de fecha 10 de marzo de 2023, continúa VIGENTE en todo su contenido, exceptuando las medidas de manejos del tránsito vehicular de la vía Bogotá – Girardot. relacionados en el presente ALCANCE BOLETÍN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD.

NOTA 2: El Ministerio de Transporte, la Secretaría de Movilidad del Departamento de Cundinamarca y la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI junto con la concesión Vía 40 Express, realizarán las gestiones pertinentes para la difusión masiva del presente documento.