Alexander Rassa, procurador.

Hasta el 4 de marzo plazo para que partidos decidan si harán consultas

Hasta el sábado 4 de marzo, los movimientos y partidos políticos tendrán plazo para decidir si realizarán consultas populares, internas o interpartidistas para la escogencia de sus candidatos propios o por coalición a cargos o corporaciones de cara a las elecciones territoriales que se llevarán a cabo el 29 de octubre del presente año.
Así lo anunció el Registrador Nacional del Estado Civil Alexander Vega Rocha, quien al dar a conocer el calendario electoral que regirá en este proceso, señaló que la fecha en la que se realizarán esas consultas, será el domingo 4 de junio.


Expectativa en la región


El proceso ya empezó a generar expectativa en el Departamento de Nariño, puesto que ya varios movimientos o partidos políticos, han señalado que están en disposición de apelar a ese recurso para la escogencia de sus candidatos únicos con miras a los próximos comicios. Es el caso por ejemplo, del movimiento Pasto es Causa Común, en el que en un principio se habla que estarían en contienda para la escogencia de un candidato único a la Alcaldía de Pasto, el concejal de la capital nariñense Andrés Acosta y el exconcejal, Alexander Rassa.
Es así como las autoridades electorales reiteraron que los partidos y movimientos políticos con personería jurídica o grupos significativos de ciudadanos, tienen plazo hasta el 4 de marzo para que comuniquen por escrito al Consejo Nacional Electoral, su decisión de realizar las consultas populares o interpartidistas para la escogencia de sus candidatos.

El calendario


El calendario electoral para las consultas es el siguiente:
4 de marzo: Vence el plazo para que los partidos, movimientos políticos y/o grupos significativos de ciudadanos comuniquen por escrito al Consejo Nacional Electoral, su decisión de realizar consultas populares, internas o interpartidistas para la toma de sus decisiones o la escogencia de sus candidatos.
Podrá realizarse propaganda electoral empleando el espacio público. Solo se permitirá propaganda electoral cuando el partido o movimiento político o grupo significativo de ciudadanos haya comunicado por escrito al Consejo Nacional Electoral su decisión de realizar consultas en la fecha previamente establecida.
Publicación del Censo Electoral (3 meses antes de la elección).
6 de marzo: Podrá realizarse propaganda a través de los medios de comunicación social y del espacio público.
10 de abril: Inicia la inscripción de precandidatos ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.
20 de abril: Vence el plazo para que los partidos y movimientos políticos y/o grupos significativos de ciudadanos que participen en la consulta presenten las preguntas a realizar al Consejo Nacional Electoral.
30 de abril: Vence el término para que el Consejo Nacional Electoral se pronuncie con relación a las preguntas presentadas por los partidos y movimientos políticos y/o grupos significativos de ciudadanos. En caso de que las preguntas sean aprobadas se remitirán inmediatamente a la Registraduría Nacional del Estado Civil para los efectos pertinentes.
4 de mayo: Vence el plazo para que los precandidatos puedan inscribirse ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Vence el plazo para que los partidos y movimientos políticos y/o grupos significativos de ciudadanos, manifiesten si se retractan de su voluntad inicial de participar en consulta.
5 de mayo: Vence el plazo para que el partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos al que se le hayan devuelto las preguntas presentadas que no fueron aprobadas, las subsanen en el término máximo de cinco (5) días calendario. De no hacerlo en este plazo, se entenderá que se ha desistido de la consulta.
12 de mayo: Selección de delegados del Consejo Nacional Electoral (15 días antes de la elección).
19 de mayo: Designación de Comisiones Escrutadoras y Claveros por los Tribunales Superiores del Distrito Judicial (10 días antes de la elección).
20 de mayo: Fecha límite para el sorteo y designación de los jurados de votación (15 días antes de la votación).
25 de mayo: Publicación de la lista de los jurados de votación (10 días calendario antes de la votación).
2 de junio: Inicia la inmunidad de los miembros de las comisiones escrutadoras, sus secretarios y sus claveros (48 horas antes de iniciarse el escrutinio).
4 de junio: Día de la consulta e inicio de los escrutinios distritales, municipales y auxiliares.
5 de junio: Continúan los escrutinios distritales, municipales y auxiliares.
6 de junio: inician los escrutinios generales.

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